Fiscalidad

Financiación 64 bis para proyectos de I+D+i

Incentivos a la I+D+i


Convierte el incentivo fiscal generado por tu proyecto de I+D+i en una fuente de financiación externa

El artículo 64 bis establece un mecanismo que permite a empresas que desarrollan proyectos elegibles de I+D+i incorporar financiación externa al proyecto transfiriendo a un tercero financiador la aplicación total o parcial de la deducción fiscal asociada.

En Bavion estructuramos el proceso desde el análisis inicial y la calificación fiscal del proyecto hasta los gastos elegibles, necesidades de financiación, documentación técnica y económica, contrato de financiación y posterior seguimiento del proyecto.

El procedimiento varía según el territorio fiscal. Bizkaia dispone de fases de calificación Ex-Ante y Ex-Post, mientras que en los demás territorios el procedimiento se articula mediante una calificación previa o Ex-Ante.

El 64 bis conecta tres elementos que deben mantenerse coherentes durante todo el proyecto: calificación técnica, gasto elegible y estructura de financiación.

¿Puede tu proyecto de I+D+i utilizar su incentivo fiscal para obtener financiación externa?

Encaje del proyecto de I+D+i en 64 bis

Analizamos si el proyecto puede generar deducciones elegibles por I+D o innovación tecnológica y si el artículo 64 bis constituye un mecanismo adecuado de financiación.

Confirma la base técnica y fiscal antes de estructurar la financiación

Analizamos si las actividades pueden calificarse como investigación y desarrollo o innovación tecnológica conforme a la normativa fiscal foral aplicable.

El 64 bis no crea una categoría independiente de proyectos elegibles: el proyecto debe cumplir previamente los requisitos correspondientes a las deducciones por I+D+i.

Identificamos el punto de partida tecnológico, el reto científico o técnico y la novedad sustancial necesarios para justificar la calificación del proyecto.

Estimamos qué gastos de personal, colaboraciones externas, materiales, tecnología e inversiones pueden contribuir a la base de deducción y, por tanto, a la estructura de financiación.

Relacionamos gasto elegible previsto, deducción estimada, calendario del proyecto y necesidades de financiación para determinar si el mecanismo 64 bis aporta un valor relevante a la empresa.

Calificación fiscal previa del proyecto de I+D+i

Preparamos el proyecto antes o durante sus primeras fases de ejecución para que su calificación técnica y gasto elegible previsto puedan sustentar la estructura de financiación.

Establece la base técnica y económica del proyecto antes de formalizar la financiación

Estructuramos problema u oportunidad, objetivos, estado del arte, novedad sustancial, metodología, fases de trabajo, entregables y resultados previstos.

Desarrollamos la estructura económica prevista del proyecto, imputando personal, colaboraciones externas, materiales, tecnología e inversiones a las actividades correspondientes de I+D o innovación tecnológica.

La calificación previa establece la clasificación del proyecto y el gasto presupuestado considerado coherente para actividades de I+D e innovación tecnológica.

Adaptamos la estrategia de calificación al territorio foral correspondiente. Bizkaia combina la calificación Ex-Ante con una fase posterior Ex-Post. En los demás territorios, el procedimiento 64 bis se basa en la calificación previa Ex-Ante.

Estructura y contrato de financiación 64 bis

Conectamos la deducción fiscal prevista con el importe, calendario y condiciones de la financiación externa y estructuramos la información necesaria para el contrato de financiación.

Convierte el crédito fiscal en una estructura de financiación coherente con la ejecución del proyecto

La empresa desarrolladora ejecuta las actividades de I+D+i y mantiene la propiedad de los resultados del proyecto, mientras que el financiador aporta fondos y adquiere el derecho a aplicar la deducción correspondiente dentro de los límites establecidos.

Calculamos la relación entre gasto del proyecto, deducción fiscal prevista y aportación necesaria del financiador.

Estructuramos la información económica, técnica y temporal que debe reflejar el contrato de financiación y coordinamos su coherencia con la calificación del proyecto y el gasto previsto.

La redacción jurídica formal y su revisión fiscal-legal deben ser realizadas o validadas por los asesores especializados correspondientes.

Alineamos las aportaciones del financiador con los gastos del proyecto para que los fondos se apliquen dentro de los periodos permitidos por la normativa correspondiente.

Ejecución, calificación final y proceso Ex-Post

Seguimos la ejecución real del proyecto respecto a la base técnica y económica utilizada para estructurar la financiación y preparamos las evidencias finales exigidas por el procedimiento territorial correspondiente.

Demuestra que el proyecto financiado es coherente con el proyecto inicialmente calificado

Conciliamos el presupuesto previsto con los costes reales de personal, proveedores, materiales, inversiones y demás conceptos elegibles e identificamos desviaciones que requieren análisis.

Documentamos actividades efectivamente realizadas, resultados obtenidos, entregables, evidencias técnicas y cambios respecto al planteamiento inicial.

Los proyectos financiados mediante el artículo 64 bis disponen de una fase de calificación Ex-Post para las actividades ejecutadas cuando existe un informe previo de calificación.

El informe resultante es esencial y vinculante para que el financiador pueda aplicar en su autoliquidación la deducción correspondiente al proyecto financiado.

Analizamos cambios de calendario, gasto y ejecución técnica y determinamos si deben reflejarse en la documentación del proyecto o en la estructura de financiación.

Gestión y seguimiento de operaciones 64 bis

Coordinamos los elementos técnicos, económicos y documentales de la operación desde el análisis inicial hasta la ejecución del proyecto y la aplicación fiscal final.

Mantén la coherencia entre proyecto, financiación y documentación fiscal durante toda la operación

Coordinamos memoria del proyecto, evidencias técnicas, previsiones económicas, información de personal, gastos y documentación justificativa necesaria durante el proceso.

Estructuramos la información técnica y económica necesaria para explicar a potenciales financiadores el proyecto, deducción prevista, calendario de financiación y principales riesgos de ejecución.

Establecemos un proceso recurrente de revisión de ejecución, gasto, hitos, documentación y financiación para identificar desviaciones antes del cierre del proyecto.

Conciliamos la información necesaria para desarrollador y financiador de forma que la deducción transferida mediante el mecanismo sea coherente con la ejecución final del proyecto.

¿Por qué estructurar tu financiación 64 bis con Bavion?

Análisis temprano

Determina elegibilidad técnica, deducción prevista y potencial de financiación antes de estructurar la operación.

Calificación Ex-Ante coherente

Alinea alcance técnico, fases del proyecto y gasto previsto desde el inicio.

Financiación estructurada

Conecta el incentivo fiscal con la aportación del financiador y las necesidades de tesorería del proyecto.

Trazabilidad técnica y económica

Mantén una relación directa entre actividades del proyecto, gastos y financiación.

Adaptación territorial

Adapta la operación a los requisitos de calificación y procedimiento específicos de Bizkaia o del territorio foral correspondiente.

Seguimiento integral

Mantén la coherencia desde la calificación inicial hasta financiación, ejecución y aplicación fiscal final.

Deducciones fiscales por I+D+i

Identifica y documenta las actividades de I+D o innovación tecnológica y los gastos elegibles que generan la deducción fiscal sobre la que se estructura una operación 64 bis.

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